Visto que fue constatada la dirección suministrada por el OFERENTE LABORAL, ciudadano ADDISON AQUILES ARMEYA FERNÁNDEZ, quien compareció personalmente ante el Tribunal y ratificó su oferta de dar empleo al penado VLADIMIR ANTONIO GOYO GOYO en su empresa TALLER MECÁNICO "JOROPO", en consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESTITUYE LA MEDIDA DE DESTACAMENTO DE TRABAJO al penado VLADIMIR ANTONIO GOYO GOYO, la cual quedará sujeta al cumplimiento de las siguientes condiciones:
1.- El penado deberá sujetarse al cumplimiento riguroso de los horarios de salida y llegada al Instituto Penitenciario de Capacitación Agrícola y Artesanal, previamente establecidos por la Dirección del establecimiento carcelario;
2.- El penado deberá acatar las disposiciones disciplinarias previ.....