En base a todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos y en atención a los meritos que de ellos se desprenden; este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR las demandas intentadas por los ciudadanos Nayib Loyo y Rubén Romero, titulares de las C.I. V.- Nos. 5.954.539 y 13.072.104 respectivamente , en contra de las sociedades mercantiles CONSORCIO VALLE GRANDE, CANTHILIVER C.A y CONGRECA C.A, inscritas la primera de ellas ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Aragua en fecha 04 de septiembre de 2.003 bajo el N° 17 tomo 3-C, la segunda ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Aragua en fecha 20 de Abril del 2001, bajo el N° 53, Tomo 84-A y la ultima inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circ.....