DISPOSITIVA
Por razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Control Nro 9 del Circuito Judicial penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley DECRETA: PRIMERO: Se ordena la remisión de las presentes actuaciones a la Fiscalía de Transición que corresponda SEGUNDO: Se acuerda la Imposición de la Medida cautelar sustitutiva, de conformidad con el articulo 256 ordinale cuarto que consiste en prohibición de salida del estado al imputado José Luís Urbina, titular de la cedula de identidad N° 11196569. Regístrese, Cúmplase