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DISPOSITIVA
En virtud de los fundamentos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida en fecha 12 de Noviembre de 2024, por el ciudadano ROBERTO CARBONE GUERRERO, debidamente asistido por el abogado MANUEL PARRA ESCALONA, contra la decisión dictada en fecha 11 de noviembre de 2024, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa.
SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo de fecha 11 de noviembre de 2024, mediante el cual se declaró SIN LUGAR LA OPOSICIÓN realizada en fecha 23 de octubre de 2024, y en consecuencia, se mantiene la MEDIDA PREVENTIVA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, de fecha 09 de agosto de 2024.
TERCERO: Se condena en Costas, l.....