DECISIÓN
Con fundamento a lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, Declara: parcialmente con lugar, la solicitud presentada por la ciudadana Reina Felicia Angulo Leal, en representación de la niña (omitido artículo 65 LOPNA), contra el ciudadano Manuel Jesús Vásquez. En consecuencia, se fija la pensión de alimentos en `ciento veinte mil bolívares (Bs. 120.000,oo) mensuales a razón de sesenta mil bolívares (Bs. 60.000,oo) quincenales, que equivale al 37,35% del salario mínimo actual, el cual se incrementará automáticamente en caso de aumento del salario mínimo Nacional, según lo establecido en el artículo 369 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Se ordena aperturar una cuenta de ahorros a nombre de la niña en un Banco de la localidad, la cual estará representada por la ciudadana .....