Se declara CON LUGAR la acción amparo constitucional propuesta por el ciudadano FRANKLIN ROLANDO RODRIGUEZ LOPEZ, venezolano, mayor de edad, jurídicamente capaz, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.482.290, de este domicilio, mediante su abogada asistente MARIA FERNANDA ALVARADO DE VIGNATI, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 55.615, Procuradora Especial de los Trabajadores del Estado Lara en contra de la Empresa PROTECCION Y SEGURIDAD FAMILIAR C.A. (PROSEFA, C.A.), inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 06 de octubre de 1983, bajo el N° 29, tomo 129-pro-A y, como mandamiento de amparo, ORDENA que sea reincorporado a sus funciones, en forma inmediata y con el pago de los demás salarios caídos, al accionante FRANKLIN ROLANDO RODRIGUEZ LOPEZ, ya identificado, en su lugar de trabajo en la empresa PROTECCION Y SEGURIDAD FAMILIAR C.A. (PROSEFA, C.A.).