DISPOSITIVO
Este Tribunal Superior Primero del Trabajo del estado Portuguesa, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación formulada por el abogado ETANISLAO GUTIÉRREZ LÓPEZ, en su carácter de co-apoderado judicial de la parte demandante ciudadano JOSÉ AMADO MENDOZA ROMERO contra la decisión de fecha 22 de marzo del año 2007, del Juzgado Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del estado Portuguesa con sede en Acarigua.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas del recurso por la naturaleza del fallo.