En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y con Competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que la competencia por razón del territorio para conocer el presente juicio de cumplimiento de contrato de seguro, seguido por la ciudadana YAMILETH DEL CARMEN LACRUZ LOZADA, contra la sociedad mercantil MULINACIONAL DE SEGUROS C.A., corresponde al Juzgado Segundo del Municipio Guanare del Primer Circuito Judicial del Estado Portuguesa.
Se declara con lugar la solicitud de regulación de competencia formulada por la parte actora contra la decisión del a quo, de fecha 20-05-2010. Así se decide.
Publíquese, regístrese, déjese copia y remítase las actuaciones pertinentes al Tribunal declarado competente, para que continúe el curso procedimental de esta.....