DISPOSITIVO
Por las razones expuestas en la motiva, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Guanare, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la acción interpuesta por el ciudadano WILLIAN SALAZAR PUERTA contra la Asociación Cooperativa el GRUPO DE APOYO TÁCTICO DE INTEGRACIÓN NACIONAL, motivo: Cobro de Prestaciones sociales y otros conceptos laborales, en consecuencia ordena pagar al accionante la cantidad de TRECE MIL, QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO BOLÍVARES, CON SETENTA Y CINCO CÉNTIMOS (Bs.13.584,75), más los intereses de mora y la corrección monetaria por las razones expuestas en la motiva.
SEGUNDO: SIN LUGAR la acción interpuesta por el ciudadano WILLIAN SALAZAR PUERTA contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO GUANARE DEL ESTADO PORTUGUESA motivo: Cobro de Prestaciones sociales y otros conceptos laborales.....