DISPOSITIVA:
Por los motivos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la Obligación de Manutención solicitada por la ciudadana: Haidee Materan Chinchilla de Rojas, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.740.355, en representación de sus hijos: xx y xx, de 10 y 07 años de edad, contra el ciudadano: William José Rojas Zerpa, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.530.579 y fija la cantidad de quinientos bolívares (Bs. 500,00) mensuales, el doble de la cantidad en los meses de septiembre y diciembre de cada año, el suministro del transporte escolar y el 50 % de los gastos de medicina cuando lo ameriten. Se ordena que dicha cantidad sea depositada por ante el Banco Bicentenario en una cuenta de ahorro que será aperturada por la .....