En razón de lo antes expuesto y de la norma legal aludida, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución N° 2 del Circuito Judicial Penal de Guanare estado Portuguesa, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Acuerda el traslado al CENTRO DE DIAGNOSTICO INTEGRAL (CDI), ubicado en el Barrio El Progreso, Guanare del estado Portuguesa, con custodia al penado JOSE ALEXANDER VALERA, venezolano, mayor de edad, soltero, natural de Guanare, titular de la cédula de identidad N° 17.259.198, de 32 años de edad, fecha de nacimiento 13/6/1983, soltero, actualmente recluido en el Centro Penitenciario de los Llanos, por el delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 406, numeral 1º de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de LUCRECIA DEL CARMEN ESCOBAR GUEDEZ, ordenándose el envío a este Tribunal del inf.....