INADMISIBLE LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por la sociedad mercantil Serme C.A., antes identificada, contra el Juzgado Priomero de Primera instancia de Juicio de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.