Este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 501 y 502 del Código Civil, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR y ORDENA RECTIFICAR la Partida de Nacimiento de la niña Identidad omitida de conformidad con lo previsto en el artìculo 65 de la Ley Organica Para la Protecciòn del Niño y del Adolescente, en cuanto a los datos del padre de la niña los cuales son: Identidad omitida de conformidad con lo previsto en el artìculo 65 de la Ley Organica Para la Protecciòn del Niño y del Adolescente, titular de la cédula de identidad N° V-14.094.825, domiciliado en el Barrio José Félix Rivas, calle 30 entre 2 y 4, N° 461, Barquisimeto, de 24 años de edad, de profesión comerciante, de estado civil Casado, Partida ésta asentada en la Jefatura Civil de la Parroquia Catedral del Municipio Iribarren del Estado Lara, bajo el acta .....