DISPOSITIVA:
En atención a los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Juicio N° 03, constituido en Tribunal Unipersonal, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA INTERRUMPIDO EL DEBATE DEL JUICIO iniciado el día 10 de Julio del año 2007, en la presente causa seguida a los acusados SANTOS ABRAHAN IGLESIAS ACOSTA, SANDY ABRAHAM IGLESIAS ACOSTA, RENNY FRANCISCO GOMEZ CALZADA y MIGUEL ANGEL VARGAS TRUJILLO, ya identificados, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO EN RIÑA TUMULTUARIA, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 425 del Código Penal, cometido en perjuicio de quién en vida respondiera al nombre de RIGOBERTO ANTONIO ESCALONA y LESIONES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal, cometido en perjuicio de las víctimas ciudadanos TEOLINDA DEL VALLE IGLESIAS y YAN CARLOS IGLESIAS, en consecuencia,.....