Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución Nro. 1, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara La Extinción Por Prescripción de la Pena, impuesta al penado JAVIER JOSÉ GARCES CALANCHE, titular de la cédula de identidad Nº INDOCUMENTADO, por lo que se Ordena Su Libertad Plena, EN RELACIÓN AL PRESENTE ASUNTO, de conformidad con lo previsto en los artículos 112 del Código Penal en relación con el ordinal 1° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, y artículo 44.5. de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Notifíquese al Fiscal 13 del Ministerio Público del Estado Lara; a la Defensa y al penado. Líbrese la correspondiente Boleta de Libertad Plena.
Regístrese y Publíquese. Cúmplase.
EL JUEZ
ABG. LUIS A. MARTINEZ
EL SECRETARI.....