Ahora bien, con fundamento en expuesto y por cuanto me encuentro comprendido con la empresa PLANTA DE HIELO, LICORERIA Y FESTEJOS GUANARE S.A., en las causales de recusación contenidas en el artículo 82 ordinales 18 y 20 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 84 ejusdem y 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en tales razones, me inhibo de conocer la presente causa, obrando dicha inhibición solamente en contra de la referida empresa mercantil. Se anexa copia certificada del acta de inhibición mencionada en la causa mercantil Nº 5.750. En consecuencia, apertúrese el respectivo Cuaderno de Inhibición, con la presente Acta Original de Inhibición y el recaudo presentado; particípese de esta decisión al Abogado HAROLD PAREDES BRACAMONTE, Juez Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Segundo Circuito de esta misma Circunscripción Judicial, en su condición de Juez Coordinador Civil del Primer y Segundo Circuito de la Circunscrip.....