En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y con Competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente de este Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara COMPETENTE por razón de la materia, a la JUEZA UNIPERSONAL Nº 02 DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE ESTA MISMA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL, en el presente juicio que por fijación de pensión alimentaria, sigue la ciudadana MARIA ALEJANDRA AZUAJE AZUAJE, contra el ciudadano MARCELINO ANTONIO AZUAJE BRICEÑO, ambos identificados.
En consecuencia, remítase copia certificada de la presente decisión al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de este Primer Circuito Judicial de conformidad con el artículo 75 del Código de Procedimiento Civil, para que pase inmediatamente los autos al Tribunal declarado compete.....