DISPOSITIVA
	Por las razones antes expuestas, este  Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en  nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por  autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR  la apelación formulada por la abogada JANETTE OTERO,  en su carácter de apoderada judicial del demandante ciudadano JOSE DANIEL PINEDA MONTILLA, contra la decisión dictada en fecha 05 de octubre del año 2006, y publicada en su texto integro en fecha 13 de octubre del año 2006, por Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del estado Portuguesa, sede Guanare.
SEGUNDO: SE REVOCA  PARCIALMENTE la sentencia dictada por el a quo, por las razones expuestas en la motiva. 
TERCERO: Se declara parcialmente CON LUGAR la demanda y se condena a la demandada COMERCIAL LA ÚNICA a cancelar la  cantidad de DIEZ MILLONES DOSCIENTOS DIEZ MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES BOLÍVARES CON SEIS CÉNTIMOS (Bs. 10.....