Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO el recurso de apelación, interpuesto por la abogada CECILIA TROCONIS, en su condición de apoderada judicial de la parte demandada ALCALDÍA DEL MUNICIPIO ARAURE DEL ESTADO PORTUGUESA, contra la sentencia de fecha 09 de abril del 2012, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del estado Portuguesa, con sede Acarigua, de conformidad con el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y en acatamiento a las sentencias Nros.- 1.331 de fecha 17/12/2010 y 1.920 de fecha 15/12/2011, emanadas de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, por las razones expuestas en la motiva.
SEGUNDO: NO SE CONDENA EN COSTAS a la parte demandada-recurrente, por la natu.....