PRIMERO: El padre compartirá con su hijo los días lunes de cada semana desde las 7:00 a.m. hasta las 7:00 a.m. del día martes, cuando lo retornará al lugar donde estudia el infante, encargándose el padre en llevarlos a la escuela cuando le corresponda. SEGUNDO: En relación a las temporadas de carnaval y semana santa del año próximo, carnaval con la madre, y semana santa con el padre, intercambiándose los años sucesivos. TERCERO: El día del padre, y el cumpleaños de éste, el niño compartirá con el progenitor, y el día de la madre, y el cumpleaños de ésta con la progenitora, y en relación al cumpleaños del infante será compartido entre ambos progenitores. CUARTO: Lo relacionado a los feriados decembrinos del presente año, el veinticuatro (24) de diciembre, el niño la pasará con el padre, y el treinta y uno (31) de diciembre con la madre, intercambiándose los años siguientes. QUINTO: Los progenitores deben garantizar la integridad personal del niño en el caso de no exponerlo a situacio.....