Por las razones anteriormente expuestas éste Juzgado de Control Nº 6 Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta el Sobreseimiento de la causa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa seguida a los ciudadanos: Desconocido. Por el delito de de ROBO, previsto y sancionado en el articulo 457 del Código Penal, causa en la que aparece como victima el ciudadano DANIEL ANDRADE GONZALEZ . Notifíquese a las partes, Ofíciese al Ministerio Público en la causa. Regístrese, Publíquese, Cúmplase.