Criterio este, ratificado por la sala Constitucional en sentencia de fecha 16 de Noviembre de 2005, por lo tanto, este Juez de Juicio N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en virtud del poder jurisdiccional ordena la celebración del Juicio Oral y Público en la causa seguida al acusado AURA DORIS GIRARDO SANCHEZ, de nacionalidad venezolana, natural de Acarigua Estado Portuguesa de 53 años de edad, nacida el 05-10- 55; soltera, de oficio indefinida, "residenciada en el barrio campo lindo calle 26 entre avenidas 26 y 27 casa sin numero Acarigua Estado Portuguesa, por la comisión del ilícito penal de OCULTAMIENTO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN CANTIDADES MENORES, previsto en el segundo aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, el cual se realizará con Tribunal unipersonal y en consecuencia se fija como oportunidad l.....