Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este  Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en  nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por  autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR  el recurso de apelación interpuesto  por la abogada ADRIANA EUGENIA GONZÁLEZ DÁVILA,  en su carácter  de apoderada  judicial de  la  parte  demandada empresa ALMACENES  Y TRANSPORTES  CEREALEROS (A.T.C) C.A.,  contra la sentencia de fecha 07 de octubre del año 2008, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del  estado Portuguesa, con sede en  Acarigua,  recurso fundamentado por el abogado JUAN PABLO ROSALES ESSER.
SEGUNDO: SE REVOCA PARCIALMENTE  la sentencia de fecha 07 de octubre del año 2008, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del  estado Portuguesa, con sede en  Acarigua, respecto a la cuantí.....