Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada ADRIANA EUGENIA GONZÁLEZ DÁVILA, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada empresa ALMACENES Y TRANSPORTES CEREALEROS (A.T.C) C.A., contra la sentencia de fecha 07 de octubre del año 2008, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Acarigua, recurso fundamentado por el abogado JUAN PABLO ROSALES ESSER.
SEGUNDO: SE REVOCA PARCIALMENTE la sentencia de fecha 07 de octubre del año 2008, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Acarigua, respecto a la cuantí.....