´DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanarito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO:CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A por la causal de Ruptura Prolongada de la vida en común, propuesta por los ciudadanos: ANA YELITZA HERNANDEZ GUERRA y RAMON ANTONIO MONTILLA CAMPERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidades Nros. V-12.239.971 y V-12.238.449, domiciliados ambos en el Municipio Guanarito del Estado Portuguesa. SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, queda DISUELTO el vínculo contraído por los ciudadanos: : ANA YELITZA HERNANDEZ GUERRA y RAMON ANTONIO MONTILLA CAMPERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.V-12.239.971 y V-12.238.449, por ante la .....