DISPOSITIVA
Por la razones precedentemente expuestas, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua. Sección Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con lo establecido en lel artículo 628 parágrafo segundo literal "c" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente impone al ciudadano (Identidad Omitida), la medida de Privación de Libertad por el lapso de cinco (05) meses, siendo su fecha exacta de culminación el día 22 de Julio de 2006, la cual será cumplida en el Centro de Diagnóstico y Tratamiento, Acarigua I, en consecuencia se revocan las medidas de Libertad Asistida y Reglas de Conducta que recaen contra del mencionado ciudadano.
Publíquese, diarícese y déjese copia.
Dictada, firmada y sellada en la sede de este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua. Sección Adolescentes, a los 22 día.....