...en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara con lugar la solicitud de rectificación del acta de matrimonio de la ciudadana YNES LIDIA CECCARELLI GRAD, y en consecuencia se ordena la rectificación de dicha acta de matrimonio, en el sentido de que su apellido correcto es GRAD, y el primer nombre y apellido correcto de su madre es NATALIJA GRAD. En cuanto a lo solicitado de que se rectifique la sentencia de divorcio dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en fecha 25 de marzo de 1994, se niega, por cuanto una sentencia no puede ser objeto de rectificación, sino solo de aclaratoria...