DISPOSITIVA
Por los motivos y razonamientos expuestos, este Juzgado del Municipio San Genaro de Boconoito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: 1) PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de Obligación Alimentaria formulada por la ciudadana YASMELY DEL CARMEN ARROLLO DURÁN en contra del ciudadano CARLOS EDUARDO HERNANDEZ 2) En consecuencia, acuerda y fija como obligación alimentaria, la cantidad de BOLIVARES CIENTO VEINTE MIL (Bs 120.000,oo) , los cuales serán cumplidos por el padre de la niña entregándolos a la madre de la niña por ante este Tribunal, en forma quincenal, de BOLIVARES SESENTA ,MIL (Bs 60.000,oo) cada quincena, bien sea en dinero en efectivo o en especie, sin falta. 3) Se establece además, que el padre de la niña esta obligado con una suma adicional los meses de Diciembre de cada año de BOLIVARES.....