Cumplidos los requisitos exigidos, considerando este Juzgado de conformidad con la norma del artículo 267 del Código Civil, que al adolescente (SE OMITE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 DE LA L.O.P.N.N.A, le corresponden en su condición de herederos cobrar, recibir distintos conceptos que pudiera corresponderle por efecto de la Herencia dejada por la De Cujus AMELIA ISABEL RODRIGUEZ PEREZ; este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, autoriza suficientemente al ciudadano RAFAEL ANTONIO HERNÁNDEZ LOPEZ, ya identificado, para gestionar el cobro de todos los conceptos que pudiera corresponderle al adolescente (SE OMITE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 DE LA L.O.P.N.N.A.
Se le advierte a la solicitante y a los organismos que competa, que el monto o cuota corre.....