Vista el acuerdo celebrado entre los ciudadanos YUSMARY CHINCHILLA HIDALGO y FREDDY DELGADO HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº 21.257.401 y 18.071.998, respectivamente, por ante este Tribunal y en esta misma fecha, sobre la OBLIGACION ALIMENTARIA en beneficio del niño FREIMER JOSUE DELGADO CHINCHILLA, de tres (03) años de edad, donde el padre se obliga a cancelar una obligación Alimentaria en beneficio de su referido hijo por el monto de Bs.80.000.oo mensuales, que depositara en la cuenta de ahorros que este Tribunal fije, así mismo, en el mes de Agosto el padre cubrirá el 50% de los gastos por concepto de uniformes y útiles escolares para su hijo y en el mes de diciembre cubrirá el 50% de los gastos de ropa y calzado; y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de los niños, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Pro.....