IV
DISPOSITIVA
En virtud y fuerza de lo antes expuesto, este Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Portuguesa, con sede en Guanare, En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia y Por Autoridad de la Ley DECLARA:
Primero: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en contra la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Portuguesa extensión Guanare, en fecha 24 de enero de 2013. Y Así se Decide.
Segundo: SE REVOCA la sentencia apelada. Y Así se Establece.
Tercero: SE ORDENA A LA JUEZA DE JUICIO dictar sentencia con pronunciamiento al fondo del presente asunto. Y Así se Decide.
REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE.
Déjese transcurrir el lapso previsto en el Artículo 489-B de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, vencido el cual sin que las partes hayan anunciado recurso alguno, se bajará el expediente de la Causa íntegro y en original al Tr.....