DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, esta Sala Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declaran ADMISIBLES los recursos de apelación interpuestos en fecha 22 de enero de 2013, por la imputada NACARI DEL VALLE GARCÍA AGUIN DE DURAN, por la Abogada ADOLKIS CABEZA, por el imputado JOSÉ RAFAEL MÁRQUEZ DUEÑO, así como el interpuesto en fecha 25 de enero de 2013 por los Abogados JOSÉ ÁNGEL AÑEZ ÁLVAREZ y ASDRÚBAL ROMERO SILVA, en contra de las decisiones dictadas en fechas 15 y 18 de enero de 2013, por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 02, con sede en Guanare, respectivamente; y SEGUNDO: Se ADMITE la prueba documental ofrecida por la Defensora Pública ADOLKIS CABEZA.
Regístrese, diarícese y déjese copia.
D.....