DISPOSITIVA
En virtud de las anteriores consideraciones, esta Operadora Judicial Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO conforme a lo previsto en el artículo 185-A del Código Civil Vigente y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos WILFREDO ENRIQUE RODRIGUEZ VALENZUELA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V-7.457.754, de este domicilio y la ciudadana MARIA INES RODRIGUEZ RIVERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V-2.594.738, de este domicilio, el despacho de la Prefectura del Municipio Jiménez del Estado Lara, según Acta nro.178, Folio 267 frente en fecha 12 de Diciembre de 1986. Expídase copia certificada de la Presente Sentencia, para que sea agregada al Libro respectivo, conforme a lo contemplado en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Líbrense los correspondientes.....