En fuerza de los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: Declara CON LUGAR la Inhibición planteada por la Jueza Cuarta en función de Juicio de este Circuito Judicial Penal, abogada Griselda Yasmira Salas, mediante acta levantada en fecha 13 de febrero de 2017, en el asunto Nº KP01-P-2009-000440, seguido al ciudadano Luis Pastor Camacaro Rodríguez, titular de la cédula de identidad N° V-12.018.877, en virtud de haber dictado Sentencia Condenatoria por admisión de hechos al referido ciudadano, en la causa principal signada con el Nº KP01-P-2009-000440, cuando cumplía función como Jueza de Juicio, lo que le impide conocer de la causa respecto a los ciudadanos Wilfredo Alfredo Perdomo Andrade, titular de la cédula de identidad N° V-13.855.715 y Julio Cesar Perozo Gil, titular de la cédula de identidad N° V-14.592.910, con fundame.....