En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara Con Lugar, la apelación interpuesta por la parte demandada, en el presente juicio de cumplimiento de contrato, seguido por el ciudadano JOSÉ LUIS FALCON VELASQUEZ, contra el ciudadano GUSTAVO ADOLFO HERRERA SÁNCHEZ, ambos identificados.
En consecuencia, se declara la nulidad del auto del a quo de fecha 28-01-2013, mediante el cual se niega la petición de llamamiento de tercero por la parte demandada, y los actos procesales subsiguientes al auto de fecha 29-01-2013, que acuerda resolver la cuestión previa opuesta por parte demandada, con base en el artículo 346 ordinal 7 del Código de Procedimiento Civil, hasta la presente decisión, exclusive, y se repone la causa, al estado que el Tribunal de cognición, haga pronunciamie.....