En base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, AUTORIZA al ciudadano RAFAEL JOSE CARBALLO UBIEDA, ya identificado, UNICAMENTE a los fines de realizar los trámites en representación de sus sobrinos, para efectuar la declaración Sucesoral de un bien dejado por la ciudadana ROSA AMALIA CARBALLO UBIEDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 7.412.568, quien falleció en fecha 30 de noviembre de 2012, y la solicitud de RIF sucesoral PEREZ CARBALLO por ante el SENIAT en beneficio de los derechos hereditarios de los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES* y el niño IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CO.....