Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con dispositivo legal del Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias suficientes para asegurarle a la ciudadana: MARIA YRENE FERNANDEZ TERAN, ya identificada, el Derecho de Propiedad y Posesión de las Bienhechurias edificadas sobre una parcela de terreno propiedad Municipal, que ocupa un área de seiscientos Treinta y Siete metros con Cincuenta y Seis centímetros Cuadrados (637,56 mts2), ubicada en el Barrio La Enriquera, parte alta, callejón S/N, de la ciudad de Guanare estado Portuguesa. La cual la ha fomentado con su peculio personal y esfuerzo personal. Consistentes en: Una casa de habitación familiar, con las siguientes características: Frisada totalmente, techo de z.....