En virtud de los fundamentos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y con competencia transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la acción intentada por el ciudadano MEBER JESÚS MUÑOZ de que se reconozca la existencia de unión concubinaria entre él y la ciudadana Marta Rosa Escorche, y SIN LUGAR la existencia de la comunidad concubinaria entre ellos, en relación con el bien inmueble consistente en: una casa que se funda en un terreno ejido Municipal que mide dieciocho (18) metros de frente por treinta y seis (36) metros de fondo, ubicada en Píritu, Municipio Esteller del Estado Portuguesa, en la carrera 11 con callejón 1 del Barrio La Mendera, dentro de los siguientes linderos: Norte: solar y casa de Adolfo Alejo, Sur: callejón 1, Este: s.....