DISPOSITIVO
Por las razones expuestas en la motiva, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Guanare, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la FALTA DE CUALIDAD alegada por los co-demandados ciudadanos LUIS ENRIQUE BOLÍVAR ALVARADO y AIDEE JOSEFINA MORALES FRÍAS, por las razones expuestas en la motiva.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción interpuesta por la ciudadana FRANCIA ELISA CHÁVEZ RAMOS contra SOCIEDAD MERCANTIL ROYCA C.A., en consecuencia se le ordena a la demandada pagar a la demandante la cantidad de VEINTIOCHO MIL, DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO BOLÍVARES, CON SESENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (Bs. 28.234,69) más los intereses de mora y la indexación monetaria, por las razones expuestas en la motiva.
TERCERO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo.
Publíquese. Regístrese. .....