En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara Con Lugar la apelación formulada por la apoderada actora, Abogada YACELLYS ELIZABETH VALERA ORELLANA, en el presente juicio de pretensión mero-declarativa de concubinato, incoada por la ciudadana MARÍA GRACIELA ESCALONA, contra los ciudadanos GILSON ALEXIS ROMERO ESCALONA, JACKELINE COROMOTO ROMERO ESCALONA, JUAN MANUEL ROMERO ESCALONA, CARLOS ALFREDO ROMERO ESCALONA, EDUARDO RAFAEL ROMERO ESCALONA, JULIO CESAR ROMERO ESCALONA, LUIS ALFONSO ROMERO ESCALONA y ROBERTO ALEXANDER ROMERO ESCALONA, ambos identificados.
En consecuencia, se declara la nulidad del auto del Tribunal de cognición de fecha 26-03-2012, y se acuerda la reposición de la causa al estado de que, previa notificación de las partes y por lo que .....