Este Tribunal observa:
Vistos los recaudos acompañados a la solicitud y de la revisión del levantamiento parcelario, emitido por la Dirección de Catastro Municipal, del cual se desprende que el área de terreno es de DOSCIENTOS UN METROS CUADRADOS CON VEINTICUATRO CENTIMETROS (201,24 M2), comprendido de los siguientes linderos: NORTE: En línea de ocho metros con seis centímetros (8,6 mts) con ocupaciones que son o fueron de Fuenmayor Milagro; SUR: En línea de ocho metros con seis centímetros(8,6 mts) con acceso común; ESTE: En línea de veintitrés metros con cuatro centímetros (23,4 mts con ocupaciones que son o fueron de Suares Carlos y OESTE: En línea de veintitrés metros con cuatro centímetros (23,4 mts) con ocupaciones que son o fueron de Morillo Danuvi. Las referidas bienhechurías constan de cerca de alambre de púas sobre estantillos de madera.
Así las cosas, de los documentos anexos a la solicitud y las declaraciones de los testigos, ya identificados, quienes dieron fe y fuer.....