DISPOSITIVA
Por los motivos antes expuestos y sus fundamentos, éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición del Circuito Judicial de Protección Del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa- Extensión Acarigua, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio y, en consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL que unía a los ciudadanos: WOLFANG ALMENAR ERAS y CARMEN MARÍA GÓMEZ MÁRQUEZ; venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 6.440.581 y 6.264.339, respectivamente; en virtud del matrimonio civil contraído por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Agustín, Municipio Libertador, Distrito Metropolitano, en fecha 02 de Diciembre de 1987. Y Así se Declara.
En consecuencia, y por efectos de la entrada en vigencia de la normativa sustantiva de la Ley de Reforma Parci.....