DISPOSITIVA:
En base a lo anteriormente expuesto, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa-Extensión Acarigua, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 262 y segundo parágrafo del artículo 251 del Código Orgánico Procesal Penal, REVOCA la MEDIDA CAUTELAR DE LIBERTAD acordada, y en consecuencia ACUERDA DECRETAR LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD contra el acusado JOSE DOMINGO RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 3.965.502, y ordena librar los oficios correspondientes a los fines de que el identificado acusado sea capturado y puesto a la orden de este Juzgado, y sea mantenido en calidad de depósito, en el Centro Penitenciario de los Llanos Occidentales, estado Portuguesa.
EL JUEZ TITULAR TERCERO DE JUICIO
DR. RAFAEL ANGEL GARCIA GONZALEZ
LA SECRETARIA
Abg. NO.....