Con fundamento a lo precedentemente expuesto y con base a las normativas de la Ley, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara: sin lugar, la demanda de Acción de Disconformidad, presentada por la ciudadana Lorena Del Carmen Verdece Gil, ya identificada, en contra de la medida dictada en fecha veintinueve (29) de febrero de 2012, por los Consejeros de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Torres del Estado Lara. Se REVOCAN las medidas de protección dictadas por el Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Torres del Estado Lara en fecha tres (03) de abril de 2012.