En mérito a las razones que preceden, este Tribunal Quinto de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CULPABLE Y CONDENA al ciudadano ALFONSO JOSÉ GUERRERO MARRUFO, titular de la Cédula de Identidad Nº 19.432.051; a cumplir la pena de DOS (2) AÑOS y UN (1) MES DE PRISION, mas las accesorias de Ley, por haberle encontrado culpable y penalmente responsable de la comisión del delito de OCULTACIÓN DE ARMA y RESISTANCIA A LA AUTORIDAD, tipificado, en el artículo 277 y 218.1, respectivamente, del Código Penal; y le ABSUELVE, por el delito de ROBO AGRAVADO y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, tipificado en el artículo 458 y 470, respectivamente del Código Penal.
Téngase a las partes por notificadas.
Firme como sea declarada, remítase las actuaciones al Tribunal de Ejecución que por distribución correspond.....