DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado HEBER PÉREZ ARIZA, en su condición de Defensor Privado del Imputado ENRIQUE MÁRQUEZ MONTILVA, en contra del auto de fecha 19 de Agosto de 2012, dictado por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Nº 02, del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa., mediante el cual decretó las Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad establecidas en el artículo 256, numerales 3 y 4, en contra del mencionado Imputado por la presunta comisión de los delitos de ESPECULACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 138 de la Ley Para la Defensa de Las Personas en la Obtención de Bienes y Servicios, y OBTENCIÓN ILÍ.....