Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa en Funciones de Control Nº 1, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, seguida en contra González Valecillos Oscar David, por la comisión de un delito de Violencia Física y Psicológica, previsto y sancionado en los artículos 17 y 20 de la ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y La Familia, en perjuicio de la ciudadana Carmen Yadira Torres Uzcategui, de conformidad con el numeral 3 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal y el ordinal 5° del artículo 108 del Código Penal, porque prescribió la acción penal, y en virtud de lo establecido en el ordinal 8° del artículo 48 ejusdem, ya que la prescripción extingue la acción penal.
Publíquese y notifíquese a las partes.
La Juez de Control N° 1,
Abg. Ana Isabel Gavidia Cirimeli
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