Por los fundamentos anteriormente expuestos este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y con competencia transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
Primero: Sin Lugar la apelación ejercida en fecha 14/07/2.009, por el abogado Edecio Alberto Rojas Ovalles, en su carácter de apoderado judicial de la parte accionada, ciudadanos Annabella Calvo Castillo, Roxana Haydee Escobar Calvo y Roger Eduardo Escobar Calvo, contra la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia, en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en fecha 06/07/2.009.
Segundo: Con Lugar, la acción de cumplimiento de contrato, intentada por la ciudadana Mary Carmen Camacho, en contra de los ciudadanos Annabel.....