en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Homologa el presente ACUERDO y le da el carácter de cosa Juzgada, y verificado como ha sido el pagado, se ordena el cierre y archivo del expediente, así como su remisión al archivo Judicial en la oportunidad correspondiente. Es todo.
EL JUEZ
Abg.Rafael Gainze JOEL GREGORIO MENDOZA GARCIA
EL BENEFICIARIO
EL ABOGADO ASISTENTE DEL DEMANDANTE
JUAN MANUEL HENRIQUEZ DURAN
LA REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA
JENNY FERNANDA ENRÍQUEZ SALAZAR
LA SECRETARIA
Abg.Cirley Viera