En virtud y fuerza de lo anteriormente expuesto, el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa- Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a tenor de lo establecido en el Artículo 76 de Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo previsto en el Artículo 315 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, HOMOLOGA el convenimiento suscrito entre los ciudadanos TANIA DEL CARMEN ESCALONA JIMENEZ y CARLOS EDUARDO LUCENA ARTEAGA; venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-15.366.422 y V-16.800.104, respectivamente; mediante Acta de Convenimiento de fecha 13 de Noviembre de 2012, referente a la Obligación de Manutención y Régimen de Convivencia en beneficio de su.....