DISPOSITIVA
Por las razones expuestas este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio le la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda:
PRIMERO: Se Admite la acusación presentada por el Ministerio Público; de igual manera admite los medios de pruebas presentados por el Ministerio Público y la calificación Jurídica dada por el Ministerio Público por la comisión de los delitos de EXTORSIÓN EN GRADO DE COAUTORIA, previsto y sancionado en el articulo 16 de la ley contra el secuestro y la extorsión en relación con el articulo 83 del código Penal, en perjuicio de JOSE FERNANDO BARRETO.
SEGUNDO: Vista la Manifestación de voluntad del adolescente en cuanto a la admisión de los hechos se CONDENA al adolescente Acusado SE OMITE SU IDENTIDAD POR RAZONES DE LEY por la presunta comisión de los delitos de EXTORSIÓN EN GRADO DE COAUTORIA previsto y sancionado en el articulo 16 de la ley.....